viernes, 14 de noviembre de 2014

MOVIMIENTO COOPERATIVO PERUANO CELEBRA 50 AÑOS DE LEY GENERAL DE COOPERATIVAS

Por César Sánchez Martínez

El movimiento cooperativo peruano celebrará el próximo 14 de diciembre, los primeros cincuenta años de vigencia de la Ley General de Cooperativas, constituyéndose en la actualidad, en un modelo alternativo de desarrollo social, desde la perspectiva del emprendedorismo.
Cada año se celebra el Día del Cooperativismo Peruano, en recuerdo a la primera Ley de Cooperativas № 15260 que se promulgó mediante el Decreto Supremo № 023 el 14 de diciembre de 1964, cuando era presidente del país, el Arq. Fernando Belaunde Terry. Esta norma legal reconoció al cooperativismo como un sistema eficaz para contribuir al desarrollo económico, al fortalecimiento de la democracia y a la realización de la justicia social.
El modelo cooperativo es tan importante en el mundo que el año 2012 fue  declarado por las Naciones Unidas como el “Año Internacional de las Cooperativas” y en la actualidad se está viviendo la “Década de las Cooperativas”. Por esa razón, el movimiento cooperativo peruano está realizando una serie de certámenes y actividades para conmemorar este importante acontecimiento para la economía solidaria y las finanzas populares.
En la actualidad, las cooperativas están consideradas como parte de la economía solidaria y social, y por lo tanto aportan a la sociedad lo siguiente:
·         Generan nuevos y mayores empleos.
·         Contribuyen al fisco con los tributos de organizaciones.
·         Entrenan y capacitan mano de obra calificada.
·         Ayudan a la formalización de los emprendedores.
·         Proveen servicios básicos de salud y educación.
·         Contribuyen con el desarrollo económico y social.
·         Ayudan a bajar los niveles de la pobreza y pobreza extrema.
·         Aportan mejores niveles de vida para sus asociados.
·         Contribuyen con la expansión de la educación financiera.
·         Se fomenta valores y principios éticos.
En el mundo, el cooperativismo nació por la propuesta de 28 trabajadores ingleses desocupados, quienes en 1844, en la ciudad de Rochdale (Manchester, Inglaterra), decidieron  formar una asociación de ayuda mutua. Los objetivos principales de esta primera cooperativa fueron: abrir un almacén de consumo para la venta de alimentos y ropa; comprar y construir casas para los asociados; mejorar la situación doméstica y social mediante la ayuda recíproca; y  crear un taller ocupacional para asociados desempleados.
En Perú este modelo como herramienta de desarrollo social tiene sus raíces en los tiempos ancestrales mediante el ayni y la minka del ayllu incaico. La palabra “ayni” significa en quechua solidaridad y cooperación, mientras que “minka” es el trabajo colectivo a favor de la comunidad. Estos principios forman parte del cooperativismo y la piedra angular de este modelo de desarrollo social.
Los valores del cooperativismo son: ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad.

MINISTERIO DE TRABAJO INICIÓ PROCESO DE TRÁNSITO AL NUEVO RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL

En el marco del proceso de modernización de la gestión pública y con la finalidad de ordenar los distintos regímenes laborales en el sector público así como alcanzar mayores niveles de eficacia y eficiencia, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo inició el tránsito al nuevo régimen del Servicio Civil, el cual se enmarca en la Ley No. 30057.
El nuevo régimen promueve la profesionalización del servicio público y el desarrollo de los colaboradores del Ministerio que, en la actualidad, están dispersos  en tres regímenes distintos: el Decreto Legislativo 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Legislativo 728 – Régimen Laboral de la actividad privada y, el Decreto Legislativo 1057 - Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
Dentro de los primeros pasos, se ha conformado la “Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, la cual se instaló el pasado 06 de noviembre y tendrá a su cargo, impulsar el proceso de implementación, así como difundir y supervisar cada una de las etapas.
La Comisión está integrada por el Secretario General, el Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos, un representante del Despacho Ministerial, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la Oficina General de Administración.
Como se recuerda, según la Ley del Servicio Civil, las entidades públicas deberán pasar al nuevo y único régimen de manera progresiva.