lunes, 14 de abril de 2008

Aprueban los requerimientos mínimos para comprobantes de pago del Perú

La reciente ley aprobada por el Congreso de la República del Perú en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, establece requerimientos mínimos para los comprobantes de pago.
Esos requerimientos fueron elaborados de manera conjunta entre los congresistas, miembros de la Comisión de Economía que preside Rafael Yamashiro y el propio titular del MEF, Luis Carranza y la viceministra de Economía, Marisol Giulfo. La nueva norma establece los requerimientos mínimos para poder usar el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV). Estos detalles son:

1. Identificación del emisor y del adquiriente o usuario (Nombre, razón social y número del RUC), o del vendedor si se trata de liquidaciones de compra (Nombre y documento de identidad).

2. Identificación del comprobante de pago (Numeración, serie y fecha de emisión).

3. Descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación.

4. Monto de la operación (Precio unitario, valor de venta e importe de la operación).

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